La comisión de Comercio Exterior de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), informa que se ha publicado la Comunicación “A” 8226 con vigencia a partir del lunes 14/4/2025, y el decreto 269/25, que adecuan el movimiento de divisas para la importación y exportación de mercaderías y servicios, eliminando, además, restricciones en la compra de dólares por particulares.
Estos son los principales puntos a destacar:
Importaciones: Pago a través del MLC
• Importación de bienes de capital:
30% anticipado
50% a la vista (contra documentos de embarque)
20% a partir del registro de despacho aduanero.
• Importaciones realizadas por MiPyMEs:
A la vista (contra documentos de embarque). Embarcadas a partir del 14/4/25. (Excepto bienes suntuarios)
• Importaciones realizadas por no MiPyMEs:
A partir del registro de registro de despacho aduanero. (Excepto bienes suntuarios)
• Importaciones de servicios:
A partir del momento de prestación de servicio. Prestados a partir del 14/4/25
• Importaciones de servicios entre empresas vinculadas:
A partir de los 90 días de la fecha de prestación del servicio. Prestados a partir del 14/4/25
Las DDJJ de acceso al MLC seguirán siendo de 90 días previos y 90 días posteriores al acceso para operaciones con bonos, pero empezarán a contarse a partir del 11/4/2025.
Otros aspectos a tener en cuenta: eliminación de restricciones para compra de dólares
• Establecer que los bancos podrán dar acceso al mercado de cambios a las personas humanas residentes, sin conformidad previa del Banco Central de la República Argentina para la compra de billetes en moneda extranjera para su tenencia o para la constitución de depósitos. Si la operación se cursa con débito en cuenta del cliente en entidades financieras locales, no tiene límites. Si se realiza en efectivo, por parte del cliente, no podrá superar el equivalente a USD 100 en el mes calendario en el conjunto de las entidades.
Exportaciones:
Se derogó el Programa de Incremento Exportador que permitía la liquidación de exportaciones con un tipo de cambio mix , 80% oficial 20% CCL o dólar blend. Las liquidaciones se cursarán por el mercado único de cambio.
El ministro de Economía también anunció:
- Dólar con flotación administrada entre $1.000 y $1.400 (+/-1% mensual).
- Nuevos instrumentos (bonos BOPREAL) para afrontar pasivos heredados.
- Se permite el pago de utilidades a partir de ganancias de ejercicios iniciados a partir de 01/01/25.
Accedé acá a la comunicación y al decreto.